AÑO DE REMISIÓN, Deuteronomio 15:1-5.
Cada siete años harás remisión. Y esta es la manera de la remisión: perdonará a su deudor todo aquel que hizo empréstito de su mano, con el cual obligó a su prójimo; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano, porque es pregonada la remisión de Jehová. Del extranjero demandarás el reintegro; pero lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano, para que así no haya en medio de ti mendigo; porque Jehová te bendecirá con abundancia en la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad para que la tomes en posesión, si escuchares fielmente la voz de Jehová tu Dios, para guardar y cumplir todos estos mandamientos que yo te ordeno hoy.
Deuteronomio 15:1-5
REFLEXIÓN:
El perdón de las deudas llega por mandato divino a las tribus de Israel cada séptimo año, el año de remisión. Así que toda deuda es remitida por ley cada siete años, coincidiendo también con el año en que reposan las tierras de su cultivos.
Siendo aplicable solamente al prójimo, no a extranjeros, estos últimos quedan libres de la obligación de perdonar una deuda, pero tampoco se pueden beneficiar de ser perdonados (por cuanto son extranjeros y no aplican la ley a sus vidas).
Como todos los demás mandamientos, este cumple su propósito, el cual está claramente indicado, que es el de impedir la mendicidad entre sus gentes.
Además, el cumplimiento de este mandato trae promesa de bendición de Dios sobre sus tierras. Aunque esta bendición no deja de estar ligada a la condición de que el pueblo se mantenga sujeto en obediencia al resto de la ley.
APLICACIÓN:
Habiendo leído esto podemos pensar: "Sería ideal que existiera esta ley en la sociedad actual donde vivimos". Y lo cierto es que sí que disponemos de una ley irrevocable de remisión.
Esta ley de remisión no abarca solamente un año, sino que desde que Jesús hizo clavar en la cruz, juntamente con Él, todos los pecados de este mundo, a todo aquel que en Él cree le son remitidas todas las deudas, adquiridas contra Dios, a causa del pecado. No hallando solo un año de reposo, sino un descanso permanente en Cristo, desde el momento de la remisión y de modo ilimitado.
"El que cree en el Hijo tiene vida eterna; pero el que rehúsa creer en el Hijo no verá la vida, sino que la ira de Dios está sobre él."
Juan 3:36
También encontramos una distinción en la aplicación de esta remisión, la cual solo es aplicable a quien cree en el Señor Jesucristo, y no a los incrédulos.
Y como todo lo que Dios hace tiene un propósito, la finalidad de esta ley reside en hacer desaparecer la esclavitud del pecado en el mundo, conforme se va creyendo y aceptando la justificación por medio de Cristo.
Al igual que para Israel existe una promesa de bendición, entre otras, la que destaca en la ley de Jesucristo, es la del disfrute de la vida eterna juntamente con Él.
"El Espíritu mismo da testimonio a nuestro espíritu, de que somos hijos de Dios. Y si hijos, también herederos; herederos de Dios y coherederos con Cristo, si es que padecemos juntamente con él, para que juntamente con él seamos glorificados."
Romanos 8:16-17
Aunque también está sujeta a una condición, ésta se enfoca en un arrepentimiento genuino y en la aceptación de Jesús como Señor y Salvador.
ACCIÓN:
El pasaje de hoy me lleva a recordar la parábola de los dos deudores, dada por el Señor Jesucristo:
"Por lo cual el reino de los cielos es semejante a un rey que quiso hacer cuentas con sus siervos. Y comenzando a hacer cuentas, le fue presentado uno que le debía diez mil talentos. A éste, como no pudo pagar, ordenó su señor venderle, y a su mujer e hijos, y todo lo que tenía, para que se le pagase la deuda. Entonces aquel siervo, postrado, le suplicaba, diciendo: Señor, ten paciencia conmigo, y yo te lo pagaré todo. El señor de aquel siervo, movido a misericordia, le soltó y le perdonó la deuda. Pero saliendo aquel siervo, halló a uno de sus consiervos, que le debía cien denarios; y asiendo de él, le ahogaba, diciendo: Págame lo que me debes. Entonces su consiervo, postrándose a sus pies, le rogaba diciendo: Ten paciencia conmigo, y yo te lo pagaré todo. Mas él no quiso, sino fue y le echó en la cárcel, hasta que pagase la deuda. Viendo sus consiervos lo que pasaba, se entristecieron mucho, y fueron y refirieron a su señor todo lo que había pasado. Entonces, llamándole su señor, le dijo: Siervo malvado, toda aquella deuda te perdoné, porque me rogaste. ¿No debías tú también tener misericordia de tu consiervo, como yo tuve misericordia de ti? Entonces su señor, enojado, le entregó a los verdugos, hasta que pagase todo lo que le debía. Así también mi Padre celestial hará con vosotros si no perdonáis de todo corazón cada uno a su hermano sus ofensas."
Mateo 18:23-35.
Reflexionando en esta escena intento ubicarme en ella a modo confrontación y me hago las siguientes preguntas:
¿Quién soy yo? ¿Me comporto como el de la parábola o soy consciente de la incalculable deuda que Dios me ha perdonado, y obro en consecuencia hacia mis deudores o hacia quienes me ofenden ? ¿Qué ejemplo testimonial estoy dando en este aspecto?
Padre Amado, te pido perdón por el mal ejemplo que doy reclamando a mis deudores, ya sea por dinero o por alguna ofensa, el pago de su deuda. Gracias por mostrarme cada día Tu incomnensurable amor para conmigo, Tu paciencia y el perdón de la deuda que adquirí contigo a causa de mi pecado, la cual jamás hubiera podido pagar de no haberme enviado a Tu Hijo, el Señor Jesucristo, para que mi alma pueda presentarse justificada delante de Tí a través de Él, quien pagó, no sólo por mi deuda, sino por la de toda la humanidad, en la cruz del calvario. Fortalece mi fe y enséñame a ser un eficaz medio de difusión de Tu Palabra y de Tu anuncio de remisión, para que muchos puedan creer también en Cristo para la salvación de sus almas. Sea también amoldado mi carácter, para que no sean solo palabras, sino que mi diario vivir sea un claro testimonio de Cristo. En el nombre de Jesús, Tu precioso Hijo y mi Señor y Salvador, te lo pido. Amén.
No hay comentarios:
Publicar un comentario